La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional exigir mayoría de edad para que una persona pueda modificar su identidad de género en el acta de nacimiento en el estado de Guerrero.
La decisión del máximo tribunal se centró en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes trans e intersex, quienes quedaban excluidos del procedimiento establecido en la legislación estatal.
El fallo se dio al analizar una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Derecho a la identidad desde la niñez
Durante la discusión, los ministros consideraron que limitar este procedimiento únicamente a personas mayores de edad puede vulnerar derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la identidad, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad.
Además, se señaló que la edad no debe convertirse en una barrera absoluta para el reconocimiento de la identidad de género de las personas menores de edad.
Nueva legislación en Guerrero
Tras la resolución, el Congreso de Guerrero deberá crear un procedimiento que permita a las infancias y adolescencias trans acceder a este trámite.
La Suprema Corte estableció que el nuevo mecanismo debe garantizar condiciones de confidencialidad, accesibilidad y respeto a los derechos humanos.
El Congreso local tendrá un plazo máximo de un año para realizar las modificaciones necesarias a la legislación estatal.