La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informó que cumplirá con la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto al autoconsumo lúdico de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC), reiterando que las autorizaciones sanitarias se otorgarán conforme a los criterios establecidos por el máximo tribunal.
La dependencia federal aclaró que la resolución únicamente reconoce el derecho al autoconsumo de cannabis bajo los lineamientos fijados por COFEPRIS, por lo que no autoriza la venta, distribución, suministro o comercialización de la marihuana ni modifica el marco legal vigente sobre estupefacientes.
Asimismo, explicó que el reciente criterio de la SCJN valida la expedición de permisos sanitarios conjuntos para garantizar el ejercicio efectivo del derecho reconocido mediante resoluciones judiciales. Estos permisos permiten la siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis exclusivamente para autoconsumo.
COFEPRIS destacó que continuará actuando bajo los principios de legalidad, protección sanitaria y respeto a los derechos humanos, además de adaptar sus procedimientos conforme evolucionen los criterios del Poder Judicial.