En un fallo inédito, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha impuesto una multa al Partido Acción Nacional (PAN) por el uso de inteligencia artificial (IA) en un promocional de campaña. El PAN fue multado con 16,285.55 pesos por crear una imagen de un niño para presentarlo como una víctima que presuntamente murió debido a la falta de medicamentos durante el gobierno de Morena. Este caso marca el primer dilema jurídico en México sobre el uso de IA en campañas electorales.
El debate en el Tribunal se centró en si la multa debía ser aplicada debido a que la imagen del niño era real o generada por IA. La magistrada en funciones, Mónica Lozano, apoyada por el magistrado Luis Espíndola, argumentó que, aunque el niño no era real, el uso de la imagen violaba la ley que protege los derechos de la niñez. En contraste, el magistrado Rubén Lara Patrón argumentó que, dado que el niño no existía, no había derechos afectados ni daño que reparar, sosteniendo que los derechos humanos de la niñez se aplican a personas reales y no a imágenes artificiales.
El caso se originó a partir de una denuncia de Morena contra el PAN, que había incluido en su campaña una imagen de un menor en un promocional que criticaba la falta de medicamentos para niños con cáncer. La Sala Especializada descartó la acusación de calumnia y el uso de imágenes religiosas, ya que las imágenes no eran consideradas ofensivas en ese contexto.
Hoy en el #CG del @INEMexico se aprobaron diversos proyectos de resolución respecto a procedimientos administrativos sancionadores, oficiosos y de quejas en materia de fiscalización de los partidos políticos. La transparencia y la rendición de cuentas son prioridad para el INE. pic.twitter.com/f3dHisNdWu
— Jorge Montaño Ventura (@Montano_Ventura) July 31, 2024
El magistrado Lara Patrón insistió en que, al tratarse de una imagen generada por IA y no de un niño real, no se podían vulnerar derechos humanos. En contraste, el magistrado Espíndola Morales argumentó que el problema no era la autenticidad del niño, sino la simulación de una víctima en propaganda política, lo que violaba la normativa electoral. Este enfoque se basa en la responsabilidad objetiva del Estado mexicano de proteger los derechos de la infancia, independientemente de la realidad de la imagen.
El fallo aún podría ser revisado por la Sala Superior del TEPJF. Si se confirma, establecerá un importante precedente para la regulación del uso de IA en procesos electorales en México, buscando evitar que los partidos utilicen tecnología para eludir las leyes y normas electorales.